Mayo 3, 2008
Blog Libre de Lenguaje Sexista
Posted by José Rocha Jiménez under Acción Popular, Acción de Cumplimiento, Acción de Tutela, Colombia, Constitución, Corte Constitucional, Derechos Individuales | Etiquetas: Ana Lucrecia Ramírez, Artículo 33 Código Civil, Corte Constitucional, Derecho a la Igualdad, Derecho a la Mujer a no ser discriminada, Derechos de la Mujer, Dignidad Humana, Discriminación, Lenguaje Sexista, Mujer, Mujeres, Principio Dignidad Humana, Woman |
Confieso que si bien he procurado, en mi ejercicio profesional, utilizar en la redacción de mis textos y documentos un lenguaje no sexista, sólo hasta ahora me he hecho consciente de su trascendencia. Recuerdo que en el 2006, nuestra Corte Constitucional, mediante la sentencia C-804 de 2006, (vea texto mejorado y enriquecido con enlaces) decidió:
“Declarar la INEXEQUIBILIDAD del artículo 33 del Código Civil salvo el siguiente aparte que se declara EXEQUIBLE: “la palabra persona en su sentido general se aplicará a individuos de la especie humana sin distinción de sexo.”
Dicho artículo disponia:
“ARTICULO 33. Las palabras hombre, persona, niño, adulto y otras semejantes que en su sentido general se aplican a individuos de la especie humana, sin distinción de sexo, se entenderán que comprenden ambos sexos en las disposiciones de las leyes, a menos que por la naturaleza de la disposición o el contexto se limiten manifiestamente a uno solo.
Por el contrario, las palabras mujer, niña, viuda y otras semejantes, que designan el sexo femenino, no se aplicarán a otro sexo, a menos que expresamente las extienda la ley a él.”
Para aquel entonces, leí en el periódico local El Colombiano, de la ciudad de Medellín, un artículo de la médica siquiatra, profesora de la Universidad de Antioquia y primera mujer (en oposición al tradicional “primera dama”) del Municipio de Medellín durante el período 2003-2007, Ana Lucrecia Ramírez, quien para más señas lideró exitosamente varias campañas institucionales para promever la igualdad de genero, hacer consciente a la sociedad sobre los peligros de la anorexibulimia, eliminar los reinados de belleza local y en su lugar propuso como alternativa el proyecto “Mujer Talento de Medellín” con el fin de que las mujeres se reconocieran, se valoraran y exigieran que las valoraran por lo que son y no lo que aparentan ser; además promovió campañas contra la violencia femenina y el maltrato infantil, entre muchos otros proyectos. La profesora Lucrecia comentó y celebró la decisión de la Corte e invitó a reflexionar sobre la importancia de eliminar del uso cotidiano y de las normas el lenguaje sexista, que por su naturaleza se volvía excluyente.
Hasta la fecha desconocía que existiera un movimiento o proyecto a nivel internacional que abogara por asumir, de forma consciente y coherente, una actitud no sexista en la vida cotidiana y social. Pero navegando me encontré con el sitio Blog Responsable, coordinado por F. Xavier Agulló desde Barcelona -Cataluña-España, en el cual se propone seriamente una campaña e invita a todas y todos los bloggers, eescritoras y escritores; ciudadanas y ciudadanos a asumir dicho compromiso.
Asumo el reto y el compromiso.
A partir de este momento, luego de leer el manual o guía rápida para un lenguaje no sexista, me comprometo a revisar todos los post de este blog, y de otros en los cuales escribo o participo, para hacer las modificaciones del caso.
Por considerarlo de utilidad en esta campaña, transcribimos un post de http://sin-sexismos.blogresponsable.com
“Si tienes un blog o un sitio web, únete a la campaña para un lenguaje no sexista asumiendo los principios y recomendaciones de la guía al redactar los textos y contenidos, y añade el logo de la campaña con el enlace a esta página: http://sin-sexismos.blogresponsable.com/.
Si nos lo comunicas en coordinacion@blogresponsable.com y/o en el campo ‘comentarios’ de este posteo añadiremos tu sitio web al listado de sitios libres de lenguaje sexista.”
Descargar la Guía rápida para un lenguaje no sexista
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